Con fecha 14/03/2020 publicamos un PROTOCOLO ante el estado de alarma y medidas de
restricción frente a la covid-19.
Desde CUPIF atendemos a personas condenadas que desarrollan Programas y Talleres como
medidas impuestas por un Juzgado, observamos la existencia de vulnerabilidad por edad, por
padecer afecciones médicas anteriores (como, por ejemplo, hipertensión arterial, enfermedades
cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión) o
porque varios de los penados manifestaban ser «cuidadores» de sus padres.
Durante estos dos años de pandemia desde CUPIF pusimos en marcha adaptándonos a esta
nueva realidad y ante el cumplimiento de las medidas impuestas por Instituciones Penitenciarias
y Juzgados, la aplicación de SESIONES EN FORMATO TELEMÁTICO a todos los grupos en
medio abierto: penados en permisos de salida, tercer grado, libertad condicional, libertad vigilada
y bajo penas y medidas alternativas. No paralizamos nuestras actividades.
También es cierto que este formato se iba a ir ampliando en sesiones «presenciales» según la
evolución del virus y especialmente ante las nuevas medidas impuestas desde el Gobierno
central.
Tras la mejora de la situación epidemiológica a partir de finales de Enero de 2022, el gobierno ha
realizado una revisión de las medidas preventivas, y ha aprobado, el pasado 20/04/2022 el
Real Decreto 286/2022, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante
la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Sin embargo existen excepciones, como por ejemplo el transporte público en el que seguirá
siendo obligatorio. En el caso de las sesiones en las aulas del CIS o locales cedidos donde
CUPIF colabora en el desarrollo de Programas y Talleres la decisión del uso de las
mascarillas en el recinto y en las zonas comunes quedará condicionado a las circunstancias
particulares del Centro (CIS) o locales cedidos, habiendo sido analizadas por parte del
Servicio de Prevención de Riesgos, para el establecimiento de las pautas a seguir. POR LO
QUE DURANTE LAS SESIONES PRESENCIALES EL USO DE MASCARILLA SERA
OBLIGATORIO, DEJANDO A ELECCIÓN DEL USUARIO OUÉ TIPO DE MASCARILLA
DEBE UTILIZAR.
En este contexto es importante recordar que lo fundamental para prevenir contagios es aplicar
estrictamente las medidas de seguridad básicas, esto es, extremar la limpieza, mantener la
distancia interpersonal, mejorar la ventilación, etc.
A continuación se expone un gráfico resumen sobre el tiempo que se estima necesario para
contagiarse en un espacio cerrado y sin ventilación en función del tipo de mascarilla utilizada y
que sirve como referencia para visualizar claramente lo expuesto en el párrafo anterior:
En este sentido debe imperar el “sentido común” y para ello es muy importante recordar los principios básicos de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19, que son:
- 1. Limitación de contactos
- 2. Medidas de prevención personal
- 3. Limpieza y ventilación
Conocedores de la “vulnerabilidad” y antecedentes de enfermedades previas en los penados, informamos en este ejercicio de responsabilidad individual y colectiva de cara a prevenir futuros riesgos.
Un saludo y gracias por vuestra comprensión.
Atte. Vanessa Alvarez Zegarra
Secretaria
Asociación CUPIF